Cuando el médico tratante considera que el paciente presenta y reúne los signos o síntomas que fundamentan clínica y científicamente el uso del fitofármaco.
Este mecanismo es muy excepcional y cubre las necesidades de pacientes con patologías refractarias y que no cumplen con los criterios de inclusión de los estudios clínicos en curso.
Para que el médico pueda recetar Cannabiol®, tanto el médico como el paciente, deben estar registrados en el Programa de Uso Compasivo.
Para registrarse, el médico debe rellenar el formulario que se dispone en el botón “Programa de Uso Compasivo”, al inicio de esta página Web, y seguir las indicaciones.